CAMPAÑA para incluir la
ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN
de la Disposición Adicional 12ª en la L.O.E. en favor del
COLECTIVO INTERINO DOCENTE

 

Estimad@s compañer@s:

Como una medida más de presión, además de la huelga y las movilizaciones que se están realizando por todo el territorio español hemos decidido potenciar una campaña de envío masivo de correos electrónicos a l@s diputad@s del Congreso adjuntándoles la propuesta de enmienda a la Disposición Adicional Duodécima del Anteproyecto de la L.O.E. y que podéis leer más abajo.

Las instrucciones son sencillas: basta con seleccionar y pegar las direcciones de correo electrónico de l@s congresistas en el lugar donde escribimos el destinatario en nuestro correo personal y hacer lo mismo con el texto de la enmienda en el cuerpo del mensaje (seleccionar y pegar). Rellenas tus datos (fecha, localidad, nombre, DNI y profesión). El asunto del mensaje lo dejamos como algo personal y de invención propia para que sea más difícil de filtrar y asegurarnos de que llegue un mayor número de correos.

Enviad tantos mensajes de e-mail como podáis (con distintos asuntos, si tenéis otras cuentas de correo...) y animad a vuestr@s compañer@s, amigos y familiares a que se sumen a la campaña.

¡PÁSALO, TU ESTABILIDAD ESTÁ EN JUEGO!

 

 

DIRECCIONES DE CORREO ELECTRÓNICO:
(Selecciónalas todas y pégalas en el espacio dedicado al destinatario)

raimundo.benzal@diputado.congreso.es; mercedes.cabrera@diputada.congreso.es; mario.bedera@diputado.congreso.es; ycasaus@educa.aragob.es; montserrat.palma@diputada.congreso.es; juana.serna@diputada.congreso.es; domingo.tabuyo@diputado.congreso.es; elviro.aranda@diputado.congreso.es; ernest.benito@diputado.congreso.es; juanjuelola@yahoo.es; agustjimenez@wanadoo.es; victorino.mayoral@diputado.congreso.es; luistomas@diputado.congreso.es; reme.elias@diputada.congreso.es; gloria.gomez@diputada.congreso.es; marisol.herrero@diputada.congreso.es; mholgado@diputada.congreso.es; gracia@diputada.congreso.es; sgeneral@jse.org; olivia.cedres@diputada.congreso.es; celinda.sanchez@diputada.congreso.es; eugenio.nasarre@diputado.congreso.es; joaquin.calomarde@diputado.congreso.es; felix.vadillo@diputado.congreso.es; jose.bermejo@diputado.congreso.es; f.a.g.p@terra.es; lassalle@diputado.congreso.es; dolores.pan@diputada.congreso.es; maria.sainz@diputada.congreso.es; fcanet@diputado.congreso.es; carme.garcia@diputada.congreso.es; labordeta@chunta.com; merce.pigem@diputada.congreso.es; paulino.rivero@diputado.congreso.es; carme.garcia@diputada.congreso.es; joan.herrera@diputado.congreso.es; gaspar.llamazares@diputado.congreso.es; isaura.navarro@diputada.congreso.es

 

TEXTO:
(Selecciónalo todo y pégalo en el cuerpo de tu mensaje)

 

Estimado/a Sr./a. Diputado/a:


Le envío Propuesta de Enmienda a la Disposición Adicional Duodécima del Anteproyecto de la L.O.E. que se tramitará en breve en el Congreso de los Diputados, para que sea tenida en cuenta como posible solución a la grave precariedad laboral y social que soporta el colectivo docente interino en nuestro país. Dicha propuesta la envío una vez conocida la no asunción actual por parte del M.E.C. del “Informe Ariño”, solución global y definitiva al problema provocado por una mala gestión de personal en Educación. Dado que pretendemos una solución definitiva a la inestabilidad y temporalidad del profesorado no universitario en España, proponemos un cambio en el nefasto sistema de acceso que contenga esta propuesta y no otras que no surgen del colectivo perjudicado (colectivo docente interino) sino de intereses sindicales y políticos no reivindicados por nosotros/as.

Por favor , en su mano está la solución definitiva a nuestra precariedad laboral, estudie esta propuesta y defiéndala en nombre de nuestro colectivo (80.000 docentes interinos no universitarios en la enseñanza pública española). El sistema educativo español en general y este grupo de trabajadores/as se lo agradecerán. La experiencia es sinónimo de calidad.

 

ENMIENDA DE SUSTITUCION

Disposición Adicional Duodécima

El sistema de ingreso en la función pública docente será, conjuntamente, el de concurso y concurso-oposición convocados por las respectivas Administraciones educativas, ofertándose en cada convocatoria y para cada sistema, respectivamente, el 30% y el 70% de las plazas convocadas y debiendo cada interesado optar entre uno u otro sistema. [En el sistema o fase de concurso se valorarán, entre otros méritos, la formación académica y la experiencia docente previa. En la fase de oposición se tendrán en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente]. El número de seleccionados no podrá superar el número de plazas convocada en cada sistema. Existirá una fase de prácticas, que podrá incluir cursos de formación y constituirá parte del proceso selectivo. Asimismo, en estas convocatorias se incluirá al profesorado que careciendo de la titulación requerida acredite una experiencia docente de al menos dos cursos académicos.

No obstante y para solucionar el problema de la alta temporalidad en el sector docente, durante las primeras 5 convocatorias de cada especialidad, la proporción anteriormente establecida será la inversa; es decir 70% de las plazas convocadas lo serán por el sistema de concurso y 30% por el sistema de concurso-oposición.


JUSTIFICACIÓN:

Desde hace años, la alta temporalidad y la inestabilidad prolongada a veces durante muchos años, en la función pública docente se ha convertido en un gran problema social y laboral que afecta negativamente al sistema educativo público y a las condiciones de trabajo de más de 80.000 docentes.

A pesar de ello, el proyecto de la nueva ley, la LOE, no recoge en su desarrollo referencia alguna a la problemática del profesorado interino y no se prevén, por tanto, soluciones inmediatas dentro de ese marco legal, extremo éste altamente demandado por las distintas fuerzas sociales; así como por el Defensor del Pueblo, que en un informe emitido al respecto insta a la Administración Educativa a solucionar este problema.

Como consecuencia, planteamos la necesidad de que la nueva Ley de Educación contemple un cambio en el sistema de acceso a la Función Pública Docente que permita la integración en el sistema del colectivo de interinos que, tras largos años de servicios prestados a la Administración Educativa, tiene derecho a que le sea reconocida su capacidad para realizar la función docente que ha venido desempeñado largamente.

Por todo ello solicitamos que, mediante la presente enmienda se sustituya el texto de la Disposición Adicional 12 de la LOE por el texto que se propone.

Hay que tener en cuenta que el sistema de CONCURSO también está previsto como forma de ACCESO a la función pública, y así se encuentra contemplado en el Art. 19 de la Ley 30/84, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, que establece asimismo en su Disposición Adicional Primera, apartado 2

“2. El personal al servicio de la Administración del Estado que perciba el total de sus retribuciones con cargo a los créditos de personal vario sin clasificar de los Presupuestos Generales del Estado deberá ser clasificado por el Gobierno, mediante Real Decreto, determinado, en su caso, su INTEGRACIÓN, de acuerdo con la naturaleza de sus funciones y la titulación académica exigida en Cuerpos o Escalas de FUNCIONARIOS o plantillas de PERSONAL LABORAL. “

Entendemos que esta solución no entra en contradicción con el principio de igualdad, al poder cada opositor optar libremente por uno u otro de los sistemas establecidos, sabiendo de antemano que en vía de Concurso se primarán los méritos que pueda aportar y que normativamente se establezcan y en vía de Concurso-Oposición la suma del resultado de las pruebas realizadas y la puntuación por los méritos alegados.

En cuanto al establecimiento de un doble sistema, hay que tener en cuenta que, aún sonando novedoso, ya se encuentra contemplado en algunos casos. Así podemos citar, a título de ejemplo el art. 447 de la LOPJ o la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud cuyo artículo 31 admite concurso-oposición, oposición y concurso, es decir, los tres sistemas previstos en el artículo 19 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

En definitiva, consideramos que cualquier solución a esta situación debe ser contemplada desde un punto de vista estructural y permanente, ya que no se trata de un problema coyuntural, sino de una circunstancia que volverá a reproducirse en el futuro, habida cuenta de la necesidad que la Administración Educativa tiene de contar con personal que cubra las situaciones de urgencia, sustitución de vacantes de su personal, ocupación de vacantes no establecidas con carácter definitivo, etc. y el texto que se propone permitiría, también en el futuro, dar salida a la alta precariedad laboral que el propio sistema pueda volver a generar.

Enmienda presentada por las siguientes Organizaciones de Profesorado Interino: AFID-IGEVA de la Comunidad de Valencia, Asociación de PNNs de la Comunidad de Galicia, FEDI de las Comunidades de Madrid, Castilla-La Mancha y Castilla-León, INSUCAN de la Comunidad de Canarias, PIDE de la Comunidad de Extremadura, SADI de la Comunidad de Andalucía.

Fecha: Localidad:
Nombre: DNI:
Profesión:  

 

 

(Fin del texto. No olvides rellenar tus datos y el asunto del mensaje.)


Más información en las webs de los sindicatos y asociaciones de interinos que presentan la enmienda:
http://www.sindicatopide.org/enlaces.htm

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