Fuente:
SADI Huelva (6/11/2002)
Acuerdo firmado |
Sevilla, 6 de noviembre de 2002
A fin de dar cumplimiento al punto décimo del Acuerdo de 23 de febrero de 2000. La Consejería de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales firmantes del presente documento se comprometen a suscribir, una vez que concluya el trabajo de la comisión de seguimiento, un Acuerdo sobre medidas en relación con el profesorado interino que presta servicios en la enseñanza pública andaluza, a excepción de la universitaria. Dicho Acuerdo se ajustará al marco que a continuación se detalla.
PRIMERO.- Estabilidad laboral del profesorado interino. La Consejería de Educación y Ciencia se compromete a garantizar durante los cursos 2003/04, 2004/05, 2005/06, 2006/07 y 2007/08, la estabilidad laboral del profesorado interino que tenga reconocido en las bolsas de trabajo de la Comunidad Autónoma andaluza, al menos, un año de servicios a 31 de diciembre de 2000. A efectos de lo recogido en el párrafo anterior, se reconocerá al profesorado de las bolsas de trabajo de la Comunidad Autónoma andaluza el tiempo de servicios prestado en otras Comunidades Autónomas.
SEGUNDO.- Profesorado interino mayor de cincuenta y cinco años. La Consejería de Educación y Ciencia se compromete a garantizar la estabilidad laboral hasta el momento de la jubilación del profesorado interino incluido en el punto anterior que haya cumplido cincuenta y cinco años de edad a 31 de agosto de 2003 y haya prestado servicio a la Administración educativa durante, al menos, 10 años a las fechas indicadas en el apartado anterior. A tales efectos este profesorado será eximido del requisito habitual de participar en los procedimientos de selección que se convoquen.
TERCERO.- Condiciones laborales del profesorado interino. La Consejería de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales firmantes del presente documento negociarán mejoras de las actuales condiciones laborales del profesorado interino. Entre otros aspectos, se tratarán los relativos a licencias y permisos, criterios de exclusión, así como las funciones del profesorado adscritos a centros de referencia.
CUARTO.- Procedimiento de acceso a la condición de funcionario La Consejería de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales firmantes del presente documento se comprometen a consensuar los procedimientos selectivos para el acceso a los respectivos cuerpos docentes, estableciendo las modificaciones que procedan en las pruebas de la fase de oposición.
QUINTO.- Oferta de empleo público. La Consejería de Educación y Ciencia se compromete a realizar propuestas de ofertas de empleo público suficientes en el periodo de vigencia a que se alude en el punto primero del presente documento, consensuando los criterios con las Organizaciones Sindicales firmantes.
Y para que así conste, firman el presente documento en la fecha y lugar arriba indicados.
POR LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA, EL DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS D. Carlos Gómez Oliver
POR LAS ORGANIZACIONES SINDICALES. Narciso Simón Galindo (ANPE) Francisca I. Vera Belmonte (CCOO) Julia Carcelén Mora (CSI-CSIF) |