El
Periódico Extremadura (5 de mayo de 2003)
En respuesta a la carta al director "Interinos docentes y realidad
educativa", queremos decir que el mérito de conocimiento de la realidad
educativa extremeña, por la que se convocan las listas de espera valora
la "participación en acciones formativas relacionadas con Extremadura,
actuaciones educativas en esta comunidad o en planes formativos en Extremadura
desarrollados por la Consejería de Educación, el Ministerio de Educación
y la universidad distintos de la actividad lectiva ordinaria y de los
méritos alegados en los apartados anteriores".
La puntuación y forma de acreditación de este mérito se determina
por resolución de manera clara y objetiva, valorándose sobre un máximo
de 0,500 puntos la participación en "acciones, actuaciones o planes"
que no cabe incluir en ningún otro apartado (experiencia docente o resultados
de ejercicios de oposiciones), según su duración: un curso 0,125 puntos,
un mes 0,022 puntos y un día 0,003 puntos.
Recordar a STE-EX que el hecho de que un mérito se redacte de forma
más o menos genérica, como ha declarado reiteradamente la jurisprudencia,
no supone por sí mismo que sea contrario a derecho. Más concretamente,
el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha declarado respecto
del citado mérito que en la convocatoria se relacionan las actividades
a valorar de "forma objetiva y general", lo que a su juicio "es suficiente"
y sin que pueda "erigirse una concreción absoluta".
La labor de las comisiones de baremación en modo alguno puede considerarse,
como afirma STE-EX, ocultista y arbitraria por cuanto están formadas
por personal docente perfectamente cualificado y la Dirección de Personal
Docente realiza un permanente seguimiento y control. Y, por otro lado,
están presentes las organizaciones sindicales con representación en
la función pública.