Si miráis el baremos de cualquier especialidad, podéis comprobar en el apartado "año de oposición" que muchísimas personas tienen como año de oposición el 2008, o 2010. Esos años, fueron años de oposición transitoria donde no hubo práctico. Es más, la nota más alta que han tenido, ha sido en esos años. Por tanto, esas personas entraron en ordinaria en una oposición transitoria y además su nota en esos procesos se ha tenido en cuenta. ¿Qué problema habría ahora? Además la "ley" de la que habláis es el decreto de interinos, donde según la convocatoria, la parte 1A puede ser considerada el tema. Por otro...
(continúa)
Si miráis el baremos de cualquier especialidad, podéis comprobar en el apartado "año de oposición" que muchísimas personas tienen como año de oposición el 2008, o 2010. Esos años, fueron años de oposición transitoria donde no hubo práctico. Es más, la nota más alta que han tenido, ha sido en esos años. Por tanto, esas personas entraron en ordinaria en una oposición transitoria y además su nota en esos procesos se ha tenido en cuenta. ¿Qué problema habría ahora? Además la "ley" de la que habláis es el decreto de interinos, donde según la convocatoria, la parte 1A puede ser considerada el tema. Por otro lado, no sé por qué tenéis éste rechazo a que entre nueva gente en bolsas ordinarias. Por un lado, la oposición transitoria beneficia a la mayoría, puesto que permitiría mejorar el baremo en "nota de oposición", y por otro lado, una persona sin experiencia tampoco va a ponerse el primero de la lista, por que los interinos veteranos no tienen de qué asustarse. Personalmente, pienso que es igualmente válido que esté en ordinaria una persona que tenga un tema aprobado, como aquella que sólo por tener el práctico aprobado.
Lingua: (22/09/2022 10:57)
Exacto, Prof. Así debería ser. Un saludo
Secundaria: (22/09/2022 12:42)
Claro porque tiene aprobada esas oposiciones aquel año.
Pero el proceso de estabilización no son unas oposiciones de la Junta de Extremadura.