Hay un punto concreto que habla qué debe incluir la portada y no específica que tenga que ir numerada. Dice explicitamente: "e) La portada debe incluir nombre y apellidos, curso o nivel educativo al que va dirigida la programación y la identificación del cuerpo y especialidad." Por tanto, por qué poner más aspectos de los que te pide explícitamente el apartado e de la resolución. Es más espero que las personas que han numerado la portada sean sancionadas por considerase que en cualquier documento formal, en ningún caso, debe numerarse la portada.
Interino: (09/07/2026 15:23)
Por esa regla de 3 también tendrían que sancionar a las personas que han añadido un dibujo en la portada porque no lo pone en el apartado e).
SENTIDO COMÚN: (09/07/2026 17:00)
Lo más sorprendente de todo es que haya una persona jactándose de haberla paginado...de verdad...el mundo al revés...
Derecho antiguo: (09/07/2026 18:35)
Lo que no está expresamente permitido, no está necesariamente prohibido. Sólo para reflexionar.