En hilo al mensaje anterior, para cobrar verano y todo el año, supongo que todo y todas sabemos que son más de 280 días trabajados, si un interino en sustitución o con vacante larga no llega esos 280 días trabajados, cobrará en la NÓMINA DE JUNIO la parte proporcional al tiempo trabajado, es decir 2,5 días de vacaciones por mes trabajado. que te pertenece por trabajar. PERO TAMPOCO SE CONSIDERA UN FINIQUITO.
Supongo que el decir finiquito será como algo coloquial, como para entendernos. Un saludo
Interino: (25/08/2023 10:03)
Otra cosa un interino en sustitución, que por ejemplo tenga que hacer sustituciones cortas y visite varios centros en un año escolar, se me había olvidado perdón, cobrará la parte proporcional tanto en DICIEMBRE Y JUNIO de extra en relación al tiempo trabajado durante esos periodos. Un saludo cordial