Los días de asuntos propios son para darles buen uso, como por ej. una firma en notaria.
Poderse pedir sí, pero el centro puede denegarlos por razones organizativas.
Opinando: (15/09/2022 12:22)
Cada uno/a los puede utilizar para lo que quiera. No tiene por qué haber un motivo justificable.
afiliada: (15/09/2022 13:31)
Cierto, pero luego no vayas llorando a los equipos directivos para pedir algún día cuando hayas agotado todos. Siempre te quedará la opción de pedir suspensión de empleo y sueldo. Que poca responsabilidad.
Opinando: (15/09/2022 14:38)
No hay que ir llorando por ahí...Cada uno o una sabe lo que debe hacer y lo que puede o no puede hacer. Yo sé para que los debo o quiero utilizar. Ya vale de estar pendiente de la vida de los demás o de decirles lo que tienen que hacer. Saludos.
Equipo: (15/09/2022 21:53)
Pero el equipo te lo dará si por necesidades del centro se puede, ya que eso perjudica al resto de compañeros del centro al tener que sustituirte. Está claro que se procurará que los que los pidan sean los primeros en hacer las sustituciones cuando falten otros compañeros y así equilibrar y que no recaiga siempre en los mismos.
Secundaria: (15/09/2022 12:29)
Para eso no es necesario pedir el día de asuntos propios, puedes faltar las horas que requieran la asistencia a la firma notarial y luego vuelves al centro.
FPFP: (15/09/2022 14:53)
Las notarias funcionan tambien en horario que no es escolar
Antonio: (15/09/2022 12:32)
Es cierto que el centro puede denegarlos si el mismo día se lo piden cinco personas. Sin embargo, cada uno se lo puede pedir para lo que quiera. Para ir a la notaría no se pide uno día de asuntos propios, eso es un deber inexcusable de carácter personal.
Afiliada: (15/09/2022 13:28)
Firma en notaría es permiso para atender deber inexcusable de carácter público o personal; es una ausencia reconocida y tienes el tiempo que dure el deber inexcusable, no necesitas día de asuntos propios porque sólo ocupa un par de horas a lo sumo, o lo que dure, como una cita médica. Otro ejemplo sería atender a un juicio, cita en registro, etc... lo que sólo se puede hacer durante horas lectivas. Asuntos propios yo entiendo bodas, bautizos, comuniones, funerales... Pero si se quiere utilizar para alargar puertes, se puede, eso sí, hazlo rápido porque habrá más interesadxs...