De la convocatoria:
29.3. Calificación de cada una de las partes que componen la segunda prueba.
Cada parte se valorará de cero a diez puntos, con una aproximación de hasta diezmilésimas. Para su valoración, los tribunales, aplicarán los criterios de evaluación y calificación establecidos según la base XXIV.
La puntuación de cada aspirante para cada parte será la media aritmética de las calificaciones del conjunto de integrantes presentes en el Tribunal, calculadas con una aproximación de hasta diezmilésimas. Para su superación, se deberá alcanzar una puntuación mínima, igual o superior a cinco puntos.
29.4. Calificación...
(continúa)
De la convocatoria:
29.3. Calificación de cada una de las partes que componen la segunda prueba.
Cada parte se valorará de cero a diez puntos, con una aproximación de hasta diezmilésimas. Para su valoración, los tribunales, aplicarán los criterios de evaluación y calificación establecidos según la base XXIV.
La puntuación de cada aspirante para cada parte será la media aritmética de las calificaciones del conjunto de integrantes presentes en el Tribunal, calculadas con una aproximación de hasta diezmilésimas. Para su superación, se deberá alcanzar una puntuación mínima, igual o superior a cinco puntos.
29.4. Calificación y superación de la segunda prueba.
Esta segunda prueba se valorará de cero a diez puntos, con una aproximación de hasta diez milésimas, siendo ésta el resultado de la media aritmética de las puntuaciones correspondientes a las dos partes.
Para la superación de la segunda prueba, se deberá alcanzar una puntuación igual o superior a cinco puntos.
No se entiende qué ha ocurrido.