LO 1/23 de 28 de febrero
Nuevas bajas que entran en vigor en junio:
Baja por regla dolorosa: la menstruación que se considere incapacitante va a dar derecho a una baja temporal, aquí entran las que están asociadas a enfermedades como endometriosis, adenomiosis, pólipos endometriales, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, ovarios poliquísticos
Baja por interrupción del embarazo: esta situación, sea o no voluntaria, va a dar derecho a baja mientras la mujer no se encuentre en condiciones para trabajar; la ley también elimina el plazo de reflexión de 3 días y el consentimiento paterno para menores de 16 y 17 años.
Baja por...
(continúa)
LO 1/23 de 28 de febrero
Nuevas bajas que entran en vigor en junio:
Baja por regla dolorosa: la menstruación que se considere incapacitante va a dar derecho a una baja temporal, aquí entran las que están asociadas a enfermedades como endometriosis, adenomiosis, pólipos endometriales, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, ovarios poliquísticos
Baja por interrupción del embarazo: esta situación, sea o no voluntaria, va a dar derecho a baja mientras la mujer no se encuentre en condiciones para trabajar; la ley también elimina el plazo de reflexión de 3 días y el consentimiento paterno para menores de 16 y 17 años.
Baja por gestación desde la semana 39: el subsidio lo va a pagar la Seguridad Social desde el día siguiente de la baja y hasta el parto, así que el empresario va a abonar el sueldo completo del día de la baja.
La ley también tiene el objetivo de eliminar los sesgos que pueden generar estas bajas en el trabajo, de modo que ninguna mujer se pueda ver discriminada por acogerse a uno de estos nuevos derechos.
Secunda: (01/06/2023 14:22)
Fenomenal!