Base XIX. Reclamaciones, Revisiones y Solicitud de Copia de las Pruebas Escritas.
19.1. Reclamaciones y revisiones.
Cualquier aspirante podrá presentar una reclamación o una revisión de las pruebas
realizadas.
Las reclamaciones serán examinadas por el tribunal y contestadas por escrito mediante
resolución motivada, que se notificará a la persona aspirante.
Por su parte, las revisiones serán examinadas por el tribunal y contestadas de forma presencial
mediante explicación motivada, sin posibilidad de debate. Este acto presencial se
realizará en la fecha y hora que concretará el tribunal. Tras la publicación y en los casos en
que...
(continúa)
Base XIX. Reclamaciones, Revisiones y Solicitud de Copia de las Pruebas Escritas.
19.1. Reclamaciones y revisiones.
Cualquier aspirante podrá presentar una reclamación o una revisión de las pruebas
realizadas.
Las reclamaciones serán examinadas por el tribunal y contestadas por escrito mediante
resolución motivada, que se notificará a la persona aspirante.
Por su parte, las revisiones serán examinadas por el tribunal y contestadas de forma presencial
mediante explicación motivada, sin posibilidad de debate. Este acto presencial se
realizará en la fecha y hora que concretará el tribunal. Tras la publicación y en los casos en
que proceda, el tribunal podrá convocar a la persona aspirante para la realización de las
diferentes actuaciones.
Contra las resoluciones motivadas de los tribunales no cabrá interponer recurso alguno.
19.2. Entrega de copias de pruebas escritas.
A quien lo solicitase se le entregará copia de cualquiera de las pruebas escritas que hubiera
realizado. Esta entrega se realizará de forma presencial en la fecha y hora que concretará
el tribunal.
19.3. Plazo y presentación de solicitudes.
Se dispondrá de un plazo único de dos días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha
de la publicación de las calificaciones de la fase de oposición de los diferentes accesos para
presentar la reclamación o la solicitud de revisión y/o solicitud de copia de las pruebas
escritas.
Las solicitudes deberán cumplimentarse vía internet mediante el enlace que se encontrará
disponible en el portal
https://profex.educarex.es. La solicitud se considerará presentada
cuando sea firmada y registrada en un registro oficial. En el caso de que se presenten en
registro oficial más de una solicitud, se tendrá en cuenta la registrada en último lugar.
Revision - Reclamación: (03/07/2023 12:56)
¿Cuál es la diferencia entre revisión y reclamación? a parte de que una sea presencial y la otra online
Mario: (03/07/2023 15:52)
Si son dos días hábiles para presentar la solicitud de revision-reclamacion y hoy no esta el enlace. Saldrá mañana??