De conformidad con lo que establece el Decreto 62/2002, de 25 de abril, del Consell, por el que se regula la acreditación de los conocimientos lingüísticos para el acceso y la provisión de plazas en la función pública docente no universitaria en la Comunitat Valenciana, y con la Orden 3/2020, de 6 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se determina la competencia lingüística necesaria para el acceso y el ejercicio de la función docente en el sistema educativo valenciano, modificada por Orden 4/2021, de 4 de febrero, las personas que participen en los procedimientos de ingreso y accesos deberán acreditar los conocimientos, tanto en expresión oral como escrita, de los
dos idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana.
Añado: (03/12/2022 12:19)
Las personas que no hayan acreditado este requisito en la fecha de finalización de plazo de solicitud de participación en este procedimiento no serán admitidas a participar en este concurso de méritos