La Directora General de Personal Docente tiene que publicar las instrucciones al respecto, pero regularán que el personal docente no universitario podrá disponer para ejercer el derecho a voto del tiempo siguiente: a) En los centros educativos que cuenten con jornada de mañana, a partir de las 12:00 horas, momento en que se suspenderá la jornada lectiva y no lectiva. b) En los centros con jornada vespertina o nocturna, de las dos primeras horas de la jornada laboral de cada centro. Esta misma disposición será extensible a los centros y aulas de educación de adultos, conservatorios y escuelas oficiales de idiomas
Musicsax: (15/11/2022 16:36)
Y si la mesa es itinerante?
Defraudado: (15/11/2022 17:52)
Y si no me apetece votar a nadie, a las 12:00h me puedo ir para mi casa??