Además del Decreto autonómico, es que lo establece la LOE-LOMLOE, en su artículo 134:
Artículo 134. Requisitos para ser candidato a director.
a) Tener una antigüedad de al menos cinco años como funcionario de carrera en la
función pública docente.
b) Haber ejercido funciones docentes como funcionario de carrera, durante un
período de al menos cinco años, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el
centro al que se opta.
Una LEY ORGÁNICA estatal, de obligada aplicación, por lo que no es posible quitar estos requisitos sin derogar esta Ley Orgánica (ya sabéis, 3/4 partes del Congreso, hoy en día, impensable). El famoso...
(continúa)
Además del Decreto autonómico, es que lo establece la LOE-LOMLOE, en su artículo 134:
Artículo 134. Requisitos para ser candidato a director.
a) Tener una antigüedad de al menos cinco años como funcionario de carrera en la
función pública docente.
b) Haber ejercido funciones docentes como funcionario de carrera, durante un
período de al menos cinco años, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el
centro al que se opta.
Una LEY ORGÁNICA estatal, de obligada aplicación, por lo que no es posible quitar estos requisitos sin derogar esta Ley Orgánica (ya sabéis, 3/4 partes del Congreso, hoy en día, impensable). El famoso REAL DECRETO no puede ir contra la LEY ORGÁNICA.
Lo queda bien claro, y no entro a valorar que debiera contarse la experiencia como interinos, pero la Ley es clara.
Juanjo: (28/02/2026 09:41)
Las directivas europas son de rango superior a las leyes nacionales de los estados miembros
dirección: (28/02/2026 10:43)
Pero mientras no se transpongan a la legislación nacional, son las leyes nacionales las que se aplican. El decreto y la ley orgánica no se han modificado todavía en función de la directiva europea y hasta que no se produzca esa modificación son las válidas en España.
Juanjo: (28/02/2026 12:13)
La directiva de aplicación es del año1999 y hace años que es de obligado cumplimiento para todos los estados miembros... Cuando se publique a convocatoria en DOE cualquiera que podrá recurrirla, y le darán la razón conforme a la jurisprudencia como ya ha ocurrido en anteriores convocatorias de selección de directores
Exdirector: (28/02/2026 12:33)
Pues que la recurran, pero la Ley vigente es la que se aplica. También exigen para ser inspector 8 años como funcionario de carrera, esa es la norma, no va a ser un inspector ahora un interino que no tiene ni plaza. Dejaos ya de perder el tiempo y estudiad.
Juanjo: (28/02/2026 13:42)
A lo mejor quien debería estudiar algo e informarse mejor se eres tú. Una pequeña muestra ex Director
https://www.educarex.es/pub/cont/com/0050/documentos/huella_Resolucion_Ejecucion_Auto_87-2021._Jorge_Costa_Ramos.Papel_Oficial_%281%29.pdf
dirección: (28/02/2026 13:51)
Esto es una resolución de medidas cautelares de un proceso selectivo para formar parte de la bolsa extraordinaria de inspectores accidentales, no se refiere a la elección de director de centro educativo.
Paco: (28/02/2026 16:46)
Las directivas son de aplicado cumplimiento.
Esperemos que Pide se pronuncie.
dirección: (28/02/2026 18:50)
No exactamente, las directivas indican un objetivo vinculante a conseguir, pero no son reglamentos automáticamente establecidos en las legislaciones de los estados miembros tras su aprobación en el Parlamento Europeo. La transposición consiste en la adaptación de esos objetivos vinculante en las legislaciones nacionales, y suelen tener unos plazos establecidos que no siempre se respetan (y no siempre acarrean sanciones). De la página de la UE: "Las directivas son actos legislativos en los cuales se establecen objetivos que todos los países de la UE deben cumplir. Sin embargo, corresponde a cada país elaborar sus propias leyes sobre cómo alcanzar esos objetivos". En España, esas leyes al respecto del tema que nos ocupa todavía no se han elaborado.