Buenas noches. Viendo que PIDE no ha respondido, subo este mensaje para ver si no se han dado cuenta. Aprovecho para contaros que hoy se ha quedado una chica con mi hija enferma, pues yo he tenido que ir a trabajar, con todo el dolor de mi corazón, dejando a mi pequeña con 38,5 de fiebre, tos y mocos.
Vuelvo a dirigirme a PIDE, ¿de verdad no hay nada más que pedir días de asuntos particulares para estos casos? Mañana me pediré un día de asuntos particulares porque la chica que se ha quedado hoy no puede quedarse...y yo me pregunto, ¿qué pasaría si mi hija se pone mala, por ejemplo, otras veces durante el curso y ya no me...
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Buenas noches. Viendo que PIDE no ha respondido, subo este mensaje para ver si no se han dado cuenta. Aprovecho para contaros que hoy se ha quedado una chica con mi hija enferma, pues yo he tenido que ir a trabajar, con todo el dolor de mi corazón, dejando a mi pequeña con 38,5 de fiebre, tos y mocos.
Vuelvo a dirigirme a PIDE, ¿de verdad no hay nada más que pedir días de asuntos particulares para estos casos? Mañana me pediré un día de asuntos particulares porque la chica que se ha quedado hoy no puede quedarse...y yo me pregunto, ¿qué pasaría si mi hija se pone mala, por ejemplo, otras veces durante el curso y ya no me quedan días de asuntos particulares? Esto no me cuadra, supongo que tendrá que haber algo para estos casos; me niego a creer que, tras tantos años de lucha por los derechos de los trabajadores, no tengamos cubierta esta necesidad.
PIDE, gracias por adelantado.
pacace: (05/11/2025 20:14)
Muchos somos padres y madres y hemos tenido hijos pequeños enfermos, incluso algunos con problemas un poco más graves que fiebre y mocos. No teníamos días de asuntos particulares y hemos encontrado la forma y, a veces, también con todo el dolor de nuestros corazones. Entiendo que hay veces que las situaciones nos desbordan, pero hay que intentar relativizar...Lo que si debería dejar claro la normativa es que está o no está permitido en estos casos, para que no quede a criterio del equipo directivo o del inspector de turno. Y lo digo sin actitud y sabiendo que me expongo a que me llamen poco empatic@, troll, inspector@ topo, mal...
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Muchos somos padres y madres y hemos tenido hijos pequeños enfermos, incluso algunos con problemas un poco más graves que fiebre y mocos. No teníamos días de asuntos particulares y hemos encontrado la forma y, a veces, también con todo el dolor de nuestros corazones. Entiendo que hay veces que las situaciones nos desbordan, pero hay que intentar relativizar...Lo que si debería dejar claro la normativa es que está o no está permitido en estos casos, para que no quede a criterio del equipo directivo o del inspector de turno. Y lo digo sin actitud y sabiendo que me expongo a que me llamen poco empatic@, troll, inspector@ topo, mal compañer@...pero no sólo existimos nosotros y nuestras circunstancias . Consejo como antigu@ jef@ de estudi@s que ha justificado este tipo de ausencias: que el pediatra, si lo considera, te pongo en el justificante que el menor tiene necesidad de reposo domiciliario. Luego ya dependerá de la inspección, porque como digo, la norma, en mi opinión no está clara. En mi centro no nos pusieron nunca problemas. A lo mejor PIDE tiene información más fehaciente.
Que se mejore tú hija
pacace: (05/11/2025 20:16)
*sin acritud
permisos: (05/11/2025 20:31)
El reposo domiciliario establecido por el doctor puede ser un buen justificante, sí. Permite hasta cinco días por normativa mínimo, puede llegar a todo el tiempo de reposo. Pero sigue sin existir un permiso específico para este tipo de casos para el funcionariado (sí para el personal laboral), no entra claramente en el deber inexcusable al no ser estar contemplado explícitamente en la normativa ni ser personalísimo (otra persona puede ocupar el puesto de la madre o el padre cuidando del niño/a) y al final para no tener que depender del criterio del equipo directivo o de inspección, se suele tirar hacia el día de asunto particulares...
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El reposo domiciliario establecido por el doctor puede ser un buen justificante, sí. Permite hasta cinco días por normativa mínimo, puede llegar a todo el tiempo de reposo. Pero sigue sin existir un permiso específico para este tipo de casos para el funcionariado (sí para el personal laboral), no entra claramente en el deber inexcusable al no ser estar contemplado explícitamente en la normativa ni ser personalísimo (otra persona puede ocupar el puesto de la madre o el padre cuidando del niño/a) y al final para no tener que depender del criterio del equipo directivo o de inspección, se suele tirar hacia el día de asunto particulares sobrevenido. La clave sería intentar extender el permiso de 2023 por cuidado de familiares al funcionariado, pero ahí la cosa está complicada teniendo en cuenta precisamente la existencia de los días de asuntos particulares. En resumen: que no hay nada claro, y al final, si no se quieren consumir días de asuntos particulares, quien decide es el equipo directivo o inspección.
Juan: (05/11/2025 21:28)
Imagínate que tu hija tuviera que guardar reposo en casa una semana.... Por ello también tienes opción a los llamados asuntos propios. Que se mejore.