Buenas tardes. Creo que no se pueden solicitar días de asuntos propios el día antes o después de las vacaciones de semana santa pero, si en mi centro el martes después de semana santa es festivo, ¿puedo coger de asuntos propios el miércoles?
Gracias
Director: (18/11/2025 12:46)
Tú puedes solicitar el día de Asuntos Particulares cuando tú quieras. Los únicos días que no puedes son durante los días lectivos de septiembre y en los días que coincidan con las sesiones de evaluación. Eso de que no puedes empalmar con la incorporación de las vacaciones no viene recogido en ningún sitio. Tú pídelo, y si te lo deniegan que te digan por escrito el porqué y si no te convence informas a inspección.
Corrección.: (18/11/2025 16:48)
Eso de que no puedes empalmar con la incorporación de vacaciones SÍ que viene recogido en un sitio:
https://doe.juntaex.es/otrosFormatos/html.php?xml=2022050147&anio=2022&doe=1650o
"...no se podrán acumular a las vacaciones, salvo excepciones."
Ayuda.: (18/11/2025 16:52)
A tenor de lo que aparece en el DOE, orden de 19 de agosto de 2022, sí que podrías cogerlo, ya que las vacaciones de Semana Santa son hasta el Lunes de Pascua. El martes sería un festivo local, fuera del cómputo de las vacaciones. A los festivos locales sí que se les pueden meter días de asuntos propios. Un saludo.